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Trabajadores activos

 


 

Requisitos jubilatorios

Previo a la valoración de servicios y edad necesarios para acceder a cualquier beneficio previsional, excepto el reconocimiento de servicios, se debe establecer si el ISS es CAJA OTORGANTE del beneficio.

 

Previo a la valoración de servicios y edad para determinar si reúne los requisitos para acceder a cualquier beneficio previsional, excepto el reconocimiento de servicios, se debe establecer si el I.S.S. es CAJA OTORGANTE del beneficio.

 

 
¿Qué norma legal regula el principio de caja otorgante?
El artículo 97 NJF 1170 (to 2000) dispone que en lo referente a caja otorgante de la prestación resulta de aplicación la norma inserta en el artículo 168 de la Ley Nacional 24241.

 

¿Qué establece al respecto el artículo 168 de la Ley Nacional 24241?
El citado artículo prevé que será organismo otorgante de la prestación cualquiera de los comprendidos en el sistema de reciprocidad, en cuyo régimen se acredite haber prestado mayor cantidad de años de servicio con aporte. En caso de que existiese igual cantidad de años de servicio con aportes el afiliado podrá optar por el organismo otorgante.

 

 
Documentación a presentar para determinar la caja otorgante:
Toda documentación que se presente en fotocopia, deberá estar autenticada por Policía, Juez de Paz, Escribano Público o personal de este Organismo. Caso contrario, no tendrá validez.

1.- Declaración Jurada, detallando cronológicamente todos los servicios prestados a partir de los 18 años de edad, con o sin relación de dependencia, indicando también los períodos de inactividad y sus causas. Si el empleador no está adherido a la Ley 1889, en lugar de declaración jurada presentará Formulario de Gratuidad y Solicitud de Beneficio.

 Declaración Jurada – aplicación Artículo 38 de la Ley 1889
 Formulario de Gratuidad
 Solicitud de Beneficio

2.- Fotocopia del documento de identidad de fs. 1 y 2 y donde se consigna el último domicilio.

3.- Información suministrada por ANSeS.: ANME – AUT1 – RUOO – SIJP (Gestión de Trámite de Mesa de Entradas, Autónomos, Registro Único de Beneficiarios y Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones).

4.- Información suministrada por AFIP-DGI: Constancia de situación ante los distintos impuestos y regímenes y listado de todos los pagos efectuados al régimen autónomo extraídos del sistema SICAM.

5.- Si fuera profesional, constancia extendida por la Caja de Profesionales correspondiente, que establezca si está afiliado y que indique los años de servicios propios con aportes que registra en esa Caja.

Con esta documentación, se determina si este Organismo es caja otorgante y, de ser afirmativo, se le indicará la documentación que debe presentar para acceder al beneficio.

 

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